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La Diputación Permanente del Congreso aprobará el decreto de vivienda

Qué cambia para inquilinos y propietarios con el nuevo paquete de medidas de vivienda.

Façana del Congrés dels Diputats, a Madrid

El decreto de vivienda que el Congreso rechazó a principios de octubre volverá a votarse, esta vez en la Diputación Permanente. Con las Cortes disueltas por la convocatoria de elecciones generales, este órgano, formado por 69 diputados, es quien debe convalidar los decretos ley aprobados por el Gobierno. Las previsiones de voto apuntan a que el texto principal contará con los apoyos necesarios para salir adelante.

Este decreto ya está en vigor desde su publicación en el BOE, pero la convalidación es imprescindible para que las medidas se mantengan. Muchas afectan directamente a los contratos de alquiler.

Qué cambia para inquilinos y propietarios

  • Prórroga extraordinaria del alquiler. Los inquilinos con contratos que venzan antes del 31 de diciembre de 2028 podrán pedir hasta dos años más, en las mismas condiciones, si están al corriente de pago. El propietario deberá aceptarla, salvo que exista un pacto distinto o que acredite que necesita la vivienda para él o su familia.
  • Límites a la actualización de la renta. Hasta finales de 2027, si el alquiler supera el índice de referencia no podrá subirse; si está por debajo, el incremento máximo será del 2 %, salvo pacto entre las partes.
  • Alquileres de temporada y de habitaciones. Habrá que justificar el motivo de la temporalidad, la duración deberá ser de entre 31 días y 12 meses, y encadenar más de dos contratos convertirá la relación en un alquiler de vivienda habitual. En zonas tensionadas, la suma de las habitaciones no podrá superar la renta de todo el piso.
  • Desahucios de personas vulnerables. Hasta 2030, los juzgados suspenderán el procedimiento cuando la persona inquilina sea vulnerable y no tenga alternativa habitacional. La Administración deberá compensar al propietario por las rentas, los suministros y las costas. La suspensión no se aplica si el propietario también es vulnerable y tiene dos viviendas o menos.
  • Medidas fiscales. Nueva deducción en el IRPF del 10 % del alquiler para rentas inferiores a 33.007,20 euros anuales, más incentivos para los propietarios que rebajen la renta y posibilidad de recargos del IBI para las viviendas vacías y de uso turístico.
  • Préstamos TU CASA. Financiación pública de hasta 50.000 euros (un 20 % del valor de la vivienda), sin intereses, para la compra de la primera vivienda.

Cómo actuar

Mientras la convalidación no sea definitiva, y ante la posibilidad de que algunas medidas sean recurridas, es importante no tomar decisiones precipitadas sobre renovaciones, actualizaciones de renta o finalizaciones de contrato. Desde Abelli Advocats seguiremos la tramitación y recomendamos a propietarios e inquilinos que consulten su caso concreto para saber cómo les afectan estos cambios.

Foto: Yuni Martin (KreatePix) / Unsplash

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